Resumen:
No hay un criterio doctrinal unánime en tomo al concepto de Derecho de Trabajo. Muchas tratadistas piensan que es aventurado definir esta rama del Derecho, en constante evolución. Algunos han querido comprender bajo sus alcances toda actividad del hombre, todo trabajo humano, llegando a concebir esta disciplina como "el conjunto de reglas jurídicas que gobierna el trabajo humano"; pero esta pretensión se aparta demasiado de la realidad, es demasiado amplia. Predomina el criterio de que el Derecho de Trabajo regula el trabajo humano subordinado, “el trabajo humano, productivo, libre y por cuenta ajena”. Otra concepción lo considera como el conjunto de norm as jurídicas que se aplican
al trabajo como hecho social.