Resumen:
El Censo de Ciudad Trujillo cuya ejecución está ordenada por el Decreto No. 2514 del
Honorable Presidente de la República, de fecha 10 de Marzo de 1945, consistirá en un Censo de Edificaciones y un Censo de Población do la Zona Urbana. Para la ejecución de dichos Censos, el Artículo 2 del mencionado decreto faculta a la Dirección General de Estadística a dictar las disposiciones e instrucciones de carácter técnico que fueren necesarias. El artículo 5 del mencionado Decreto establece que "la realización del Censo previsto estará regida por todas las disposiciones de la Ley No. 318 del 19 de Julio del año 1945.- (Ley sobre Censos Nacionales).