Abstract:
El artículo 1108 del Código Civil, en el Título III, que trata de los Contratos o de las Obligaciones convencionales en general, en el Capítulo II, entre las condiciones esenciales para la validez de las convenciones, a más de “el consentimiento de la parte que se obliga; su capacidad para contratar; un objeto cierto que forme la materia del compromiso”; coloca “una causa lícita en la obligación”. Y en la Sección 4o. del mismo Capítulo II, el artículo 1131 dispone: “La obligación sin causa, o la que se funda sobre causa falsa o ilícita no puede tener efecto alguno”. Nosotros nos proponemos estudiar y definir en esta Tesis, lo que es la causa; y si ella es un elemento esencial, y distinto de los otros, para la validez de las convenciones. La llamada teoría de la causa ha suscitado muchas controversias, y los intérpretes no han llegado a poner e de acuerdo, ni sobre la cuestión principal de la existencia y necesidad de la cusa, ni respecto del objeto o sujeto de discusión. Mientras unos se refieren a la causa de la obligación, otros hablan de la causa del contrato. Hay quienes le han negado todo valor a la causa y la han rechazado de plano; y quienes, defendiendo el principio, le niegan utilidad o necesidad a la existencia de la causa