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ListarFolletos por tema "Ley 3921 - República Dominicana"

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  • República Dominicana. Poder Judicial (J.R. Vda. García, SucesoresSanto Domingo, República Dominicana, 1928)
    AT, 1o. —Nadie podrá ger nombrado para desempeñar ningún empleo judicial en la República, sí no es dominicano, mayor de edad, de buenas costumbres, y no está en el pleno goce de sus derechos civiles. Se exceptúan en cuanto ...