Abstract:
El despido tiene lugar cuando llega a conocimiento del trabajador la decisión del patrono de rescindir el contrato; cuando él se entera del ejercicio patronal del derecho al despido. En este preciso instante, se genera una presunción legal, hasta prueba en contrario, de que dicho despido es injusto. Corresponde pues, al patrono, aportar la prueba de la falta justificativa de su decisión unilateral Si el patrono no aporta esta prueba, se considera que ha incurrido en un abuso de derecho, lo que compromete su responsabilidad. El Tribunal apoderado, declarará injustificado el despido y resuelto el contrato por culpa del patrono (Art. 84), y lo condenará al pago de las indemnizaciones legales o convencionales pertinentes.