Resumen:
Concurrimos por la postrera vez ante vosotros, en la más delicada de las pruebas, alentados por la indulgencia con que acogisteis nuestros esfuerzos anteriores. A la verdad que si fuisteis benévolos cuando teniais derecho a exigir más, por tratarse entonces del mero aprendizaje de un número limitado de principios; hoy, por lo contrario, que nos ocupamos en una labor más ardua, en la exposición ele ideas propias sobre un punto demasiado teórico y concreto, requerimos insistentemente vuestra discretísima
induljencia. Sentado esto, seguiremos adelante en el desenvolvimiento de la tesis, que vosotros mismos me recomendasteis, así intitulada: «¿La facultad de aceptar o repudiar un legado, está comprendida en el dominio del artículo 1166 del Código Civil?.
Descripción:
Tesis para optar la licenciatura en Derecho.
Las opiniones emitidas en las disertaciones corren por cuenta de los autores y al calificar la labor, la Facultad o Escuela no entiende que le imparte aprobación o improbación al fondo de las conclusiones. (Disposición del Art. 777).
Colección Patrimonio Dominicano.