Resumen:
Vista la concesión otorgada por el Poder Ejecutivo en fecha 11 de los corrientes, al señor Salvador Ros, para la limpia del puerto de San Pedro de Macorís; la cual concesión está contenida en las siguientes cláusulas:«la Se le conceden al señor Salvador Ros, los derechos inherentes á las obras de construcción y conservación del muelle aduanero del puerto de Macorís, con la percepción del producto del impuesto fiscal de Muelle y Enramada en aquella localidad, á contar de la fecha en que sea sancionada por el Congreso Nacional la presente concesión y durante el espacio de noventa y nueve años.