Resumen:
La Ley de Policía inviste al Alcalde Pedánea con el carácter de Oficial da !a Policía Raral,
encargándolo de vigilar por la ejecución de vicha ley y dándole toda la autoridad para que respondí da del orden y la moralidad de su sección. En esta calidad está bajo la subordinación del Gobernador de la Provincia.