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ListarFolletos por tema "Derecho civil - República Dominicana"

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  • República Dominicana. Congreso Nacional. (Imprenta de García HermanoSanto Domingo, República Dominicana, 1885)
    Considerando: que el Código-Civil presentado por el Poder Ejecutivo CONGRESO NACIONAL EN NOMBRE DE LA REPUBLICA, para su sanción en la actual legislatura, es como traducción del Código Napoleón una obra monumental de ...
  • República Dominicana. Universidad Central de Santo Domingo. (Universidad Central de Santo DomingoMontalvo y Hnos.Santo Domingo, República Dominicana, 1917)
    Una de las cuestiones que más han llamado nuestra atención, en el estudio de las ciencias jurídicas, ha sido la que se puede enunciar del modo siguiente: ¿Cuál es la sanción de las formalidades que deben tener efecto en ...
  • República Dominicana. Universidad de Santo Domingo. (Universidad de Santo DomingoImp. Escobar i CíaSanto Domingo, República Dominicana, 1915)
    Desde edad muy temprana, me impuse, como el más alto deber á cuyo cumplimiento debía consagrar todo el caudal de mis más vivas energías, llegar un día ante vosotros en demanda del título que me capacitara para el ejercicio ...
  • República Dominicana. Instituto Profesional de Santo Domingo. (Instituto Profesional de Santo DomingoLa Cuna de AméricaSanto Domingo, República Dominicana, 1910)
    Todo, los hechos que implican violación á las leyes penales dan, generalmente, origen á dos acciones: la una en favor de la sociedad cuyo orden ha sido turbado, y la otra en favor de la persona cuyos intereses han sido ...
  • Lamarche García Henríquez, Carlos M. (Universidad de Santo DomingoSanto Domingo, República Dominicana, 1928)
    El artículo 1108 del Código Civil, en el Título III, que trata de los Contratos o de las Obligaciones convencionales en general, en el Capítulo II, entre las condiciones esenciales para la validez de las convenciones, a ...
  • República Dominicana. Instituto Profesional de Santo Domingo. (Instituto Profesional de Santo DomingoImp. La Cuna de AméricaSanto Domingo, República Dominicana, 1907)
    En esa razón escrita que se llamó derecho romano y en el antiguo derecho francés, la venta de la cosa de otro era válida. No así en el actual derecho francés y en nuestro derecho. El artículo 1599 del Código Civil francés ...
  • Castro, Jacinto R. de (Imp. La Cuna de AméricaInstituto Profesional de Santo DomingoSanto Domingo, República Dominicana, 1906)
    El artículo 446 del Código de Comercio declara nulos i sin ningún efecto, relativamente a la masa, cuando se hayan hecho por el deudor después de la época determinada por el Tribunal cómo fecha fijada para la cesación de ...