República Dominicana. Congreso Nacional (Leyes, etc.)
(Congreso Nacional de la República DominicanaSanto Domingo, República Dominicana, 1911)
Art. 54.—Será deber de los miembros de la fuerza de la Policía Nacional proteger la vida y la propiedad, impedir el crimen y el desorden, obedecer implícitamente las órdenes legales de sus superiores; vigilar constantemente ...